Errores recurrentes en la traducción de términos jurídicos

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  • ladmed
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    • Jun 2006
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    Errores recurrentes en la traducción de términos jurídicos

    Errores recurrentes en la traducción de términos jurídicos

    Abrimos con este cabo una sección sobre problemas de traducción jurídica. Invitamos a todos los lectores a que nos envíen sus colaboraciones.
    Statut juridique

    En español «estatuto jurídico» es un conjunto de disposiciones que regulan el régimen jurídico de una persona o grupo de personas. De este modo, se habla del estatuto jurídico del inculpado, el estatuto jurídico de los trabajadores, el estatuto jurídico de los funcionarios, el estatuto jurídico de los prisioneros, etc. También puede decirse de determinadas cosas o instituciones, como por ejemplo, el estatuto jurídico de la ciudad de Jerusalén, el estatuto jurídico de la Cruz Roja, etc. Pero es un error hablar de «estatuto jurídico» cuando se trata de la «forma jurídica» de una empresa u otra persona jurídica. Cuando, por ejemplo, en convocatorias de propuestas, la Comisión pide al candidato que rellene un formulario con sus datos, lo que pregunta bajo el epígrafe statut juridique es si se trata de una sociedad anónima, o de una asociación sin ánimo de lucro, o de un municipio, o de una fundación, etc. En ese caso, una traducción apropiada es «forma jurídica».

    No hay que confundir «estatuto jurídico» con «estatuto» a secas, ni con «estatutos», en plural. «Estatuto» sin más es una norma vinculante que regula una institución, un territorio, etc. «Estatutos» son el conjunto de reglas pactadas que regulan el funcionamiento interno de una sociedad, comunidad de propietarios, etc.
    Legal aid

    Legal aid es uno de los falsos amigos más falsos que un traductor pueda frecuentar. No es asesoramiento jurídico, ni asistencia de abogado, ni ayuda legal, ni nada parecido. Es «asistencia jurídica gratuita», concepto que corresponde al antiguo «beneficio de pobreza». Es el derecho que tienen las personas que no pueden hacer frente a los gastos de un litigio a una serie de prestaciones gratuitas, como asesoramiento y orientación previos al proceso, asistencia de abogado, defensa y representación por abogado y procurador, publicación de anuncios o edictos preceptivos, exención del pago de depósitos, asistencia pericial, etc. En Derecho español esta figura se regula actualmente por la Ley 1/1996 de 10 de enero.

    Mónica García Soriano
    Comisión Europea
    Monica.Garcia-Soriano@ec.europa.eu
    محمد لعضمات :lol:
يعمل...